Atención a Mujeres en Situación de Violencia mediante la Línea 800 10 84 053
Brindar atención a través de la línea telefónica a mujeres, sus hijas e hijos en situación de violencia de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos, proporcionando intervención en crisis, apoyo psicológico y asesoría jurídica, de primer contacto.
Información General
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Detalle
Dependencia u Organismo
Secretaría de las Mujeres
Unidad Administrativa
Dirección General de Prevención y Atención a la Violencia
Nombre Corto
Línea sin violencia
Perfiles
Jóvenes","Mujeres","Niñas(os)","Adultas(os) Mayores
Modalidad del Trámite
Telefonica
Ámbito
Estatal
Casos en los que el trámite debe realizarse
Cuando las Mujeres, sus Hijas e Hijos se encuentren en situación de violencia de género
Oficina que presta el Servicio
Concepto
Descripción
Oficina
Dirección General de Prevención y Atención a la Violencia
Dirección
Avenida Miguel Hidalgo 1031 Poniente
Col: Barrio San Bernardino, C.P50080,Toluca
Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia
Capítulo IV
Artículo  51 F. III
Fracción   52 F. IV
Ley para la Prevención y Erradicación de la Violencia Familiar del Estado de México
Capítulo 1
Artículo  2, fracción IV y 5 Fracción 111
Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de México
Capítulo IV
Artículo  20 bis
Fracción   I
Reglamento de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de México.
Capítulo 8
Título  3
Artículo  52
Fracción   111
Ley de Igualdad de Trato y Oportunidades entre Mujeres y Hombres del Estado de México
Capítulo 2 Y 9
Artículo  7 Y 33
Fracción   IV Y VI