Regularización de Escrituras que no Fueron Autorizadas Definitivamente por los Notarios(as)

Permite otorgar la Autorización Definitiva a los Instrumentos Notariales, que no fueron autorizados definitivamente por los Notarios(as) en su momento, por carecer del pago de los impuestos que causó el acto

Información General

Homoclave: 419 Detalle
Dependencia u Organismo Instituto de la Función Registral del Estado de México
Unidad Administrativa Archivo General de Notarias
Nombre Corto Autorización Definitiva
Perfiles Publico en General
Modalidad del Trámite Presencial
Ámbito Estatal
Casos en los que el trámite debe realizarse A solicitud del interesado para la obtención del Testimonio, el cual permite realizar la Autorización Definitiva de las Escrituras no Autorizadas definitivamente por los Notarios(as) Públicos(as) en su momento, por carecer del pago de los impuestos que causó el acto

Oficina que presta el Trámite

Concepto Descripción
Oficina
Archivo General de Notarias
Dirección Avenida Nicolás San Juan, casi Esquina Alfredo del Mazo s/n Col: Ex-Hacienda La Magdalena, C.P50010,Toluca
Titular M. en D.N. Tomás Alejandro Santana Ordoñez
Teléfonos 7222362909 Ext: 54205
Ext: 54208
Horaríos de atención Lunes a Viernes de 09:00 am - 03:00 pm

Otras oficinas que prestan el Trámite

1 Oficinas
Concepto Descripción
Oficina
Archivo General de Notarías del Estado de México
Dirección Avenida Doctor Nicolás San Juan   S/N,  Col:La Magdalena,  C.P 50010,  Toluca
Titular M. en D.N. Tomás Alejandro Santana Ordoñez
Teléfonos (722) 2362444
Horaríos de atención Lunes a Viernes de 09:00 am - 03:00 pm

Costos

Tipo de costo Fijo
Se paga Previo al inicio del trámite
Moneda de pago Pesos Mexicanos
Medios de Pago Banco comercial
Formato de Tramite/Costos

Tiempo de respuesta

Tiempo máximo de respuesta :


Día(s) Hábiles: 30

Requisitos

Requisito Perfil jurídico Agregados
Presentar solicitud por escrito

Solicitud por escrito, Formato de la Declaración para el pago del Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles y otras Operaciones Traslativas de Dominio de Bienes Inmuebles con su respectivo comprobante de pago por dicho impuesto, cálculo y entero a la autoridad fiscal del Impuesto Sobre la Renta.

Personas físicas/Personas jurídico colectivas/Instituciones públicas Original
1 Copia(s)
Identificación Oficial (IFE, INE o Pasaporte Vigente)

Identificación Oficial Vigente con fotografía para acreditar la identidad

Personas físicas/Personas jurídico colectivas/Instituciones públicas Original
1 Copia(s)
Documento con el que acredite el Interés Jurídico.

Poder Notarial Vigente.

Personas físicas/Personas jurídico colectivas/Instituciones públicas Original
1 Copia(s)
Pago de Impuestos Municipales, Estatales y/o Federales (según sea el caso)

Realizar el pago de Impuestos correspondiente

Personas físicas/Personas jurídico colectivas/Instituciones públicas Original

Comprobante de Pago del trámite

Presentar el pago en original y copia

Personas físicas/Personas jurídico colectivas/Instituciones públicas Original
1 Copia(s)

Resultado

Resultado o documento a obtener Vigencia del resultado
Testimonio Autorizado Definitivamente con efectos de Inscripción en el Registro Público
Permanente

Mejora Regulatoria

¿Requiere cumplir con todos los requisitos en tiempo y forma, para obtener una resolución favorable de este trámite o servicio?
SI
Metodología
- El usuario se presenta de manera presencial (acreditando su interés jurídico), deberá llenar el formato de trámite del Archivo General de Notarías, el cual será proporcionado por el personal de la oficina, con los antecedentes notariales de la escritura que se pretende autorizar de manera definitiva y una vez analizada su solicitud en recepción, si su trámite es procedente, se le indicará cuales son los documentos que deberá presentar, posteriormente se le proporcionará una línea de pago para su debido seguimiento. - Una vez realizado el pago de derechos en la institución bancaria, se entregará el pago al personal del Archivo General de Notarías y se le indicará al usuario la fecha en que podrá acudir a recoger su trámite. - El usuario deberá presentarse de manera presencial en la fecha indicada con su acuse de recibido en original para recoger su trámite.
¿Requiere Inspección?
SI
Objetivo de la inspección
El instrumento notarial, debe contar con Autorización Preventiva.
Orden de gobierno de la inspección
Estatal
Nombre de la inspección
Plazo para prevención del sujeto
No aplica
Plazo para prevención del interesado
No aplica
Plazo para la resolución
No aplica
Tipo de ficta
No aplica

Descargar formato

Fundamento Jurídico

Ley Registral para el Estado de México Artículo  122 Fracción   II
Ley del Impuesto Sobre la Renta Artículo  132
Ley del Impuesto al Valor Agregado Artículo  9 Fracción   II
Ley del Notariado del Estado de México Artículo  88, 133 y 134
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo  102 Fracción   VI y VII
Código Civil del Estado de México Capítulo Libro 8 Artículo  8.10

Preguntas frecuentes






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