Regularización de escrituras que no fueron autorizadas definitivamente por los/las Notarios(as) Público(as).

Consiste en autorizar definitivamente las escrituras que no fueron cumplimentadas en su momento por el/la Notario(a) Público(a) que lo/la realizó, recabando del interesado los documentos necesarios, así como el pago de los impuestos correspondientes

Información General

Homoclave: 419 Detalle
Dependencia u Organismo Instituto de la Función Registral del Estado de México
Unidad Administrativa Archivo General de Notarías del Estado de México
Nombre Corto Autorización Definitiva
Perfiles Publico en General
Modalidad del Trámite Presencial
Ámbito Estatal
Casos en los que el trámite debe realizarse Cuando las escrituras no fueron cumplimentadas en su momento por el/la Notario(a) Público(a).

Oficina que presta el Trámite

Concepto Descripción
Oficina
Archivo General de Notarías del Estado de México
Dirección Avenida Nicolás San Juan, casi Esquina Alfredo del Mazo s/n Col: Ex-Hacienda La Magdalena, C.P50010,Toluca
Titular M. en D.N. Tomás Alejandro Santana Ordoñez
Teléfonos 7222362909 Ext: 54205
Ext: 54208
Horaríos de atención Lunes a Viernes de 09:00 am - 03:00 pm

Otras oficinas que prestan el Trámite

0 Oficinas

Costos

Tipo de costo Fijo
Se paga Previo al inicio del trámite
Moneda de pago Pesos Mexicanos
Medios de Pago Banco comercial
Formato de Tramite/Costos

Tiempo de respuesta

Tiempo máximo de respuesta :


Día(s) Hábiles: 30

Requisitos

Requisito Perfil jurídico Agregados
Escrito Libre (de solicitud o petición)

Presentar formato de solicitud del tramite del Archivo General de Notarias o escrito libre, con los datos personales del solicitante, su carácter y del instrumento.

Otro Original
1 Copia(s)
Identificación Oficial (IFE, INE o Pasaporte Vigente)

Identificación oficial vigente con fotografía.

Otro Original
1 Copia(s)
Acreditar Interés Jurídico.

Presentar el documento público con el que se acredite la personalidad, siendo el titular del instrumento Notarial o presentando poder notarial, nombramiento de albacea o heredero, reconocimiento de concubinato, tutor o curador, sentencias y/o declaratorias ante Juez o Notario(a) Público(a).

Otro Original
1 Copia(s)
Pago de Impuestos Municipales, Estatales y/o Federales (según sea el caso).

Presentar el pago de impuestos correspondientes.

Otro Original
1 Copia(s)
Comprobante de Pago del trámite

Línea de captura y comprobante de pago de derechos (Voucher).

Otro Original
1 Copia(s)

Resultado

Resultado o documento a obtener Vigencia del resultado
Testimonio autorizado definitivamente con efectos de inscripción en el Registro Público de la Propiedad
Permanente

Mejora Regulatoria

¿Requiere cumplir con todos los requisitos en tiempo y forma, para obtener una resolución favorable de este trámite o servicio?
SI
Metodología
1.- El interesado acude de manera presencial al Archivo General de Notarías del Estado de México, presenta el documento público con el que acredita la personalidad e interés jurídico y formato de solicitud el cual será proporcionado por el personal del Archivo o escrito libre, precisando los datos del instrumento Notarial; 2.- Se le asigna turno para analizar la documentación por parte de los calificadores; 3.- Se verifica la documentación y se indica cuáles son los documentos que deberá presentar para su autorización;4.- Se proporciona una línea de pago para cubrir los derechos correspondientes.; 5.- Una vez realizado el pago en la institución bancaria, entrega los documentos al personal del archivo en original y copia; 6.- Espera el tiempo establecido por la normatividad aplicable y acude nuevamente a la Institución, presentando el acuse en original para la entrega.
¿Requiere Inspección?
NO
Plazo para prevención del sujeto
No aplica
Plazo para prevención del interesado
No aplica
Plazo para la resolución
No aplica
Tipo de ficta
No aplica

Descargar formato

Fundamento Jurídico

Ley Registral para el Estado de México Artículo  122 Fracción   II
Ley del Impuesto Sobre la Renta Artículo  132
Ley del Impuesto al Valor Agregado Artículo  9 Fracción   II
Ley del Notariado del Estado de México Artículo  88, 133 y 134
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo  102 Fracción   VI y VII
Código Civil del Estado de México Capítulo Libro 8 Artículo  8.10

Preguntas frecuentes






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